lunes, 17 de marzo de 2014

EL REINADO DE ALFONSO XIII (2)


La Ley del Candado (27 de diciembre de 1910)
 
“A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Articulo único: No se establecerán nuevas Asociaciones pertenecientes a órdenes o Congregaciones religiosas canónicamente reconocidas, sin la autorización del Ministerio de Gracia y Justicia consignada en Real Decreto, que se publicará en la «Gaceta de Madrid», mientras no se regule definitivamente la condición jurídica de las mismas.
 
No se concederá dicha autorización cuando más de la tercera parte de los individuos que hayan de formar la nueva Asociación sean extranjeros.
 
Si en el plazo de dos años no se publica la nueva ley de Asociaciones, quedará sin efecto la presente ley...”
 
YO EL REY
El Presidente del Consejo de Ministros, José Canalejas.»
«GACETA DE MADRID» n°- 362, 28 de diciembre de 1910.


Real Decreto sobre Mancomunidades (19-XII-1913)
 
«A propuesta del Ministerio de Gobernación, y de acuerdo con mi Consejo de Ministros Vengo a decretar lo siguiente:
 
Art. 1º Para fines exclusivamente administrativos que sean de la competencia de las provincias, podrán éstas mancomunarse... Las Corporaciones solicitadas o requeridas por la entidad iniciadora de la constitución de la Mancomunidad, cuando estén dispuestas a concertarse, designarán sus representantes y una vez reunidos procederán éstos a la redacción del oportuno proyecto... Las Mancomunidades serán siempre y constantemente voluntarias, pudiendo concretarse a plazo fijo o por tiempo indefinido...
 
El Gobierno, por Real Decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del de la Gobernación, podrá ordenar la disolución de la Mancomunidad, siempre que en sus acuerdos y propuestas resulte infringida alguna ley del Reino, o cuando de aquéllas pueda inferirse algún peligro para el orden público o de los altos intereses de la Nación.
 
Las Mancomunidades, una vez constituidas, podrán solicitar delegación de servicios determinados y facultades propias de la Administración Central. La propuesta será elevada al Gobierno, y en ningún caso podrá ésta resolverse sin obtener antes de las Cortes una ley especial de concesión.
 
Art. 2°- El Gobierno dará cuenta de este decreto a las Cortes en la primera sesión que celebren. Dado en Palacio a dieciocho de diciembre de mil novecientos trece.»
 
ALFONSO XIII. El Ministro de la Gobernación, JOSÉ SÁNCHEZ GUERRA. Gaceta de Madrid, 19-XII-1913.
 
 
 
 
Manifiesto UGT-CNT de 27 de marzo de 1917
 
 
 
 
            “A los trabajadores españoles y al país en general:
 
 
            La huelga general de 18 de diciembre último debía haber producido alguna atenuación de los males. Mas cada día que pasa representa para el proletariado una agravación creciente de la miseria ocasionada por la carestía de las subsistencias y por la falta de trabajo…
 
El proletariado organizado ha llegado así al convencimiento de la necesidad de la unificación de sus fuerzas en una lucha común contra los amparadores de la explotación erigida en sistema de gobierno. Y respondiendo a este con­vencimiento, los representantes de la Unión General de Trabajadores y los de la Conferencia Nacional del Trabajo han acordado por unanimidad:
 
Primero: Que en vista del examen detenido y desapasionado que los firmantes de este documento han hecho de la situación actual y de la actuación de los gobernantes y del Parlamento; no han encontrado, a pesar de sus buenos deseos, satisfechas las demandas formuladas por el último Congreso de la Unión General de Trabajadores y Asamblea de Valencia, y con el fin de obligar a las clases dominantes a aquellos cambios fundamentales del sistema que garanticen al pueblo el mínimo de las condiciones decorosas de vida y de desarrollo de sus actividades emancipadoras, se impone que el proletariado español emplee la huelga general, sin plazo definido de terminación, como el arma más poderosa que posee para reivindicar sus derechos.
 
Tercero. Que los abajo firmantes, debidamente autorizados... se consideran en el deber de realizar todos los trabajos conducentes a organizar y encauzar debidamente el movimiento, así como también de determinar la fecha en que debe ponerse en práctica, teniendo en cuenta las condiciones más favorables para el triunfo de nuestros propósitos.”

La crisis de 1917: la Asamblea de Parlamentarios de Barcelona
 
 
La Asamblea adopta los siguientes acuerdos:
 
a) La política del actual Gobierno (...) constituye a la vez un agravio al Parlamento y un obstáculo a que las ansias de renovación que siente el país puedan obtener normal satisfacción.
 
b) Que habiendo declarado el Gobierno y los partidos que tienen mayoría en las actuales Cortes, que éstas no pueden actuar en funciones de Constituyentes, y considerando la Asamblea que urge deliberar y resolver sobre la organización del Estado, la autonomía de los municipios y los demás problemas que las circunstancias plantean con apremio inaplazable para la vida del país, entiende que es indispensable la convocatoria de nuevas Cortes con funciones de Constituyentes.
 
c) Que para que el país pueda manifestar libremente su opinión, y el pueblo no vea cerrada toda esperanza de que su voluntad sea conocida y respetada, las Cortes Constituyentes no puedan ser convocadas por un gobierno de partido, que fatalmente seguiría los habituales procedimientos de adulteración del sufragio, sino por un Gobierno que encarne y represente la voluntad soberana del país.
 
d) Que es indispensable que el acto realizado por el Ejército el día 1 de junio vaya seguido de una profunda renovación de la vida pública española, emprendida y realizada por los elementos políticos; (...)
 
El acto de Barcelona descrito por los parlamentarios. Narración   expuesta en hoja clandestina por los asambleístas.
 
                                             (19 de julio de 1917)
 
 
 
 
 
 
 
 
El desastre de Annual
 
«El Rey se hallaba ansioso de un éxito espectacular que le permitiera verse libre de una vez del Parlamento. Los lentos métodos de penetración política en el Rif le impacientaban, y decidióse a dirigir él mismo, por encima del Ministerio de la Guerra, las operaciones. Envió allí a Silvestre, un general de caballería, cuyo estilo brusco y temerario Alfonso XIII admiraba. Silvestre debía marchar al frente de su columna atravesando el Rif, desde Melilla, sobre Alhucemas: unos 64 kilómetros. (...) Pero (...) la columna de Silvestre, que había avanzado sin ninguna precaución, fue copada en Annual por las fuerzas rifeñas de Abd-el-Krim, mucho más reducidas. Hubo diez mil muertos, cuatro mil prisioneros y cayeron en su poder todos los fusiles, ametralladoras, artillería y aviones. Raro fue el que consiguió escapar. El propio general Silvestre se suicidó. Una semana o dos más tarde, la posición fortificada de Monte Arruit tuvo que rendirse. Su guarnición, de unos siete mil hombres, fue exterminada y los oficiales, cargados de cadenas, guardados para el rescate. La misma Melilla se vio a punto de caer. (...) Pero ciertas informaciones no pudieron hacerse públicas: por ejemplo la carta del Rey al (general) Silvestre (...) en la que le ordenaba: «Haz como yo te digo y no hagas ningún caso del Ministro de la Guerra que es un imbécil»».
Gerald Brennan, El laberinto español
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

miércoles, 12 de marzo de 2014

EL REINADO DE ALFONSO XIII (1)


Capítulo de la serie "La forja de un rebelde" basado en la nóvela del mismo título de Arturo Barea y que narra la experiencia del autor en la Guerra de Marruecos.

http://www.rtve.es/alacarta/videos/la-forja-de-un-rebelde/la-forja-de-un-rebelde-capitulo-3/457328/























Semana Trágica

jueves, 20 de febrero de 2014

transformaciones economicas y sociales (II)

DECRETO DESAMORTIZADOR DE MENDIZÁBAL
(19 febrero 1836)
Señora: vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad de la nación no es tan sólo una
promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización (...); es abrir unafuente abundantísima de felicidad pública; vivificar una riqueza muerta; deso
bstruir los canales de la industria y de la circulación; apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio; ensanchar la patria, crearnuevos y fuertes vínculos que liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo deorden y libertad. No es, Señora, ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito (...): es un
elemento de animación, de vida y de aventura para la España: Es (...), el complemento de su resurrección política.
El decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esosbienes adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar lafuerte suma de la deuda pública, es menester que (...) en su objeto (...) se enlace [...con] la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos gocesy cuya existencia se apoya principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones.(...) Y conformándome con lo propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina doña Isabel II, he venido en decretar lo siguiente:
Art. 1º. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase, que
hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas, ay los demás que hayan sidoadjudicados a la nación por cualquier título o motivo (...).
Art. 2º Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno destine para el servicio
público, o para conservar monumentos de las artes, o ara honrar la memoria de hazañas nacionales (...).
Art. 3º Se formará un reglamento sobre el modo de proceder a la venta de estos bienes (...).
Art. 10º El pago del precio del remate se hará de uno de estos dos modos: en títulos de la deuda consolidada o en dinero efectivo (...).
Gaceta deMadrid, 21 febrero 1836

La construcción del ferrocarril

¿Por qué se tardó tanto en construir el ferrocarril en un país que tanto lo necesitaba? La respuesta es que se combinaron el círculo vicioso del subdesarrollo con la inepcia y la inercia gubernamentales.
Las cosas cambiaron con la llegada al poder de los progresistas, que eran un partido en favor del desarrollo económico y de la importación de capital. Los progresistas consideraban que el ferrocarril era una parte esencial en la modernización de la economía española (fin que ellos perseguían explícitamente) y para lograr la construcción de la red estaban dispuestos a volcar todos los recursos necesarios, nacionales o importados.
Ahora bien, que el ferrocarril fuera indispensable no quiere decir que hubiera que pagar por él cualquier precio ni que hubiera de construirse a cualquier ritmo ni de cualquier manera. La red ferroviaria española empezó a construirse demasiado tarde y después, en el decenio 1856-66, se emprendió con excesiva precipitación. Las consecuencias de tal premura fueron una planeación deficiente, una financiación inadecuada y un trazado especulativo que dieron como consecuencia una infraestructura física y una estructura empresarial endebles.
A la velocidad de la construcción se sacrificaron muchas cosas; y cuando las grandes líneas troncales empezaron a estar terminadas, a partir de 1864, se comprobó que las expectativas de beneficios de la explotación quedaban defraudadas: los ingresos no bastaban ni para cubrir los gastos, y menos aún para restituir los capitales invertidos
G. Tortella, "El desarrollo de la España contemporánea", en Historia económica de los siglos XIX y XX, 1994.
Reproducido en J. Aróstegui y otros, Historia. 2.º Bachillerato, Barcelona, Vicens Vives, 2006, p. 197.
(COMENTAR)
 J. Díaz del Moral. Hª de las agitaciones campesinas andaluzas

A la par que estas corrientes extranjeras arraigaban en la baja Andalucía, surgía en toda ella, por generación espontánea, un singular socialismo que encontró eco o nació, tal vez, con igual espontaneidad en otras regiones de España. Cuando se decretó la desamortización (…) los trabajadores del campo, que habían perdido su oportunidad de conseguir su bienestar (…) y cuya situación había empeorado con la pérdida de los aprovechamientos comunales, desearon una nueva desamortización a costa de quienes habían acumulado la tierra en sus manos y de los que la tenían en antiguo, de los nuevos ricos y de la nobleza (…).
Empezaba, por entonces, a circular por Andalucía la palabra socialismo, sin contenido determinado, como una vaga tendencia de pobres contra ricos; y en el nuevo vocablo (…) vertieron los ricos sus temores y los pobres sus anhelos. Y desde entonces, socialismo vino a significar para unos y para otros el reparto de la propiedad de los primeros entre los segundos…
J. Díaz del Moral. Hª de las agitaciones campesinas andaluzas
Actas del Congreso obrero de Barcelona
Hemos dicho que somos internacionales, que deseamos la abolición de la propiedad individual; que deseamos que los instrumentos del trabajo pertenezcan a las sociedades obreras y que deseamos la abolición del derecho de herencia; no debemos ser de ningún partido político, y si no, a vosotros todos delegados pregunto: ¿sabéis que algún partido político haya dicho que aceptaba las ideas de la Internacional? Pues si no aceptan nuestras ideas, ¿con qué derecho pretenden que vayamos a ayudarlos? Y si ellos aceptan la emancipación social de los trabajadores, ¿por qué no vienen con nosotros, ¿por qué no son internacionales?
Si nosotros declaramos la abolición completa de todos los Estados ¿creéis que un internacional pueda convertirse en un instrumento autoritario? No, sino que debe abolir el Estado y si no puede abolirlo, no puede ni debe ir a las Cortes. Nosotros que anhelamos la destrucción completa de todos los gobiernos autoritarios y el triunfo de la libre federación de las libres asociaciones obreras,(... ) debemos procurar por todos los medios posibles hacer política obrera (....) y estad seguros que una vez nosotros nos hayamos reunido bajo la bandera del Trabajo no es necesario ocupar puesto en el municipio, ni en la diputación provincial, ni en la diputación a Cortes, porque una vez en mayoría, la revolución social vendrá y entonces haremos política para establecer o realizar la liquidación social.
Actas del Congreso obrero de Barcelona. 1870
La Federación de Trabajadores de la Región Española

La Federación de Trabajadores anarco-colectivistas, que es la agrupación más numerosa que existe en España (…), no espera ni quiere nada del Estado y sí de la organización de la clase trabajadora, organización distinta y opuesta a la de los partidos políticos; porque estos aspiran a la conquista del gobierno y los anarquistas deseamos la abolición de todos los poderes autoritarios (…) Los derechos individuales son por su naturaleza imprescindibles e ilegislables, el sufragio universal, el derecho de asociación, la libertad de imprenta, así como la autonomía del individuo, del oficio, del municipio, de la comarca y de la región, no serán verdad mientras no se transforme la propiedad individual en colectiva, para que entrando las colectividades obreras a tomar posesión en usufructo de las fábricas, talleres, ferrocarriles, máquinas y herramientas, como igualmente de las materias primas, suelo, subsuelo, minas, etc. quede por solo este hecho, el individuo emancipado económicamente y por tanto en condiciones de pactar con entera independencia y de ejercitar con entera libertad todos los derechos inherentes a la personalidad humanas, siempre que el individuo cumpla con el imprescindible deber de producir.
Manifiesto de la FTRE al Congreso Democrático Federalista de Cataluña. 1º de mayo de 1883.

La Federación de Trabajadores de la Región Española y la "Mano Negra"



(...) Nosotros nos hemos organizado con el mismo derecho que se han organizado todos los partidos políticos. Ellos se organizan para la conquista del poder político, y nosotros para abolir todos los poderes autoritarios.
Somos anarquistas, porque queremos el libre ejercicio de todos los derechos, y como éstos son ilegislables, no es necesario ningún poder para legislarlos y reglamentarlos.
Somos colectivistas, porque queremos que cada productor perciba el producto íntegro de su trabajo y no existan hombres que se mueran de hambre trabajando, y otros que sin trabajar vivan en la holganza y encenegados en la corrupción y en el vicio.
Y somos partidarios del grande y fecundo principio federativo, porque creemos que es indispensable para la práctica de los grandes y justos principios anárquico-colectivistas, la Federación económica; la libre federación universal de las libres asociaciones de trabajadores agrícolas e industriales. […].
Si hoy, en presencia del fecundo desarrollo de nuestra organización, y ante el temor de perder, en tiempo tal vez no muy lejano, irritantes e injustos privilegios, se pretende deshonrarnos para cubrir las apariencias de brutales persecuciones e injustas medidas excepcionales en contra de nuestra gran Federación de trabajadores, es necesario que no ignoren que su trama es demasiado burda y que su inmortal juego está descubierto; y conste una vez más, que nuestra Federación nunca ha sido partidaria del robo, ni del incendio, ni del secuestro, ni del asesinato; sepan también que no hemos sostenido ni sostenemos relaciones con lo que llaman Mano negra, ni con la Mano blanca, ni con ninguna asociación secreta que tenga por objeto la perpetración de delitos comunes.
Manifiesto de la Comisión Federal, marzo de 1883. A. Lorenzo: El Proletariado militante..., pp. 428-429.
Reproducido en A. Fernández García y otros, Documentos de Historia Contemporánea de España, Madrid,
Actas, 1996, pp. 306-307.
Ideario anarquista.

El asalariado, de hecho, reduce al hombre política y económicamente a la esclavitud, porque no sólo coloca al obrero bajo la dependencia del capitalista, sino que además implica un despojo, puesto que el capitalista detenta natural­mente, para enriquecerse, el producto del trabajo de todos en beneficio exclusi­vamente suyo. Si así no fuera, ocurriría que a la par que aumentase el capital de un industrial, se verían aumentar también y al mismo tiempo los capitales de sus obreros, y lo que ocurre es precisamente lo contrarío, pues que a la par que crecen las riquezas de la burguesía crece también la miseria de los trabajadores.

Por consecuencia obligada de las anteriores premisas, queremos los anarquistas, de acuerdo con los principios elementales de la justicia, igualdad de condiciones económicas para todos los hombres, lo que sólo puede alcanzarse poniendo a disposición de las colectividades productoras la tierra y los instru­mentos M trabajo industrial, para que utilizándolos aquellos directamente atien­dan a las necesidades propias y a las generales del cuerpo social por los medios y procedimientos que juzguen más adecuados.
Queremos que la vida social se organice de abajo a arriba, por contra­tos con individuos e individuos, y contratos entre asociaciones de oficio y asocia­ciones de oficio, como primer elemento constituyente del porvenir. Queremos el contrato de momento, siempre revisable y reformable, que dure tanto como dure su objetivo y la voluntad de las partes contratantes. No queremos, en fin, que las formas orgánicas de la sociedad se petrifiquen, viniendo a constituir así una ré­mora al progreso, y por eso nuestro principio fundamental de acción para todos los individuos y para todas las colectividades.
 Que todo el, mundo disponga de los medios necesarios para trabajar y desenvolverse; [ ... ] que la más completa libertad permita a todos obrar y producirse en las más diversas relaciones sin coacción alguna externa; que todos puedan asi­mismo concentrarse libremente, libremente buscarse y pactar para hacer agrada­ble la vida, y veréis surgir, como coronamiento de este hermoso edificio, la solida­ridad universal de los humanos, la fraternidad verdadera, el bienestar universal.
 Una sociedad fundada en la igualdad de condiciones y la libertad más com­pleta, hará hermanos los hombres y la generosidad los sentimientos para reme­diar todos los males y suplir todas las deficiencias.
 [ ... ] Esto es, en suma, lo que queremos, la transformación que buscan gran número de trabajadores, el ideal novísimo del proletariado anarquista.
 La Cuestión Social, Valencia, 28 de mayo de 1892

Programa fundacional del PSOE

El Partido Socialista Obrero Español declara que su aspiración es: la abolición de todas las clases, es decir, la completa emancipación de la clase trabajadora, la transformación de la propiedad individual de los instrumentos de trabajo en propiedad colectiva, social o común. La posesión del poder político por la clase trabajadora.
Y como medios inmediatos para la realización de este ideal, los siguientes: Libertades políticas. Derecho de asociación y legalidad de las huelgas. Reducción de las horas. Prohibición del trabajo de los niños menores de nueve años (...). Creación de escuelas gratuitas para la primera y segunda enseñanza y de escuelas profesionales en cuyos establecimientos la enseñanza sea laica (...). Justicia gratuita y jurado para todos los delitos. Servicio de armas obligatorio y universal (...)
Madrid, 9 de julio de 1879

España sin pulso

Los doctores de la política y los facultativos de cabecera estudiarán, sin duda, el mal, discutirán sobre sus orígenes, su clasificación y sus remedios, pero el más ajeno a la ciencia que preste alguna atención a asuntos públicos observa este singular estado de España: donde quiera que se ponga el tacto, no se encuentra el pulso (...) Monárquicos, republicanos, conservadores, liberales, todos los que tengan algún interés en que este cuerpo nacional viva, es fuerza se alarmen y preocupen con tal suceso (...) La guerra con los ingratos hijos de Cuba no movió una sola fibra del sentimiento popular.
Hablaban con elocuencia los oradores en las Cámaras de sacrificar la última peseta y derramar la postrer gota de sangre... de los demás; obsequiaban los ayuntamientos a los soldados, que saludaban y marchaban sumisos trayendo a la memoria el Ave Cesar de los gladiadores romanos; sonaba la marcha de Cádiz; aplaudía la prensa, y el país inerte, dejaba hacer (...) Se descubre más tarde nuestro verdadero enemigo: lanza un reto brutal; vamos a la guerra extranjera; se acumulan en pocos días, en breves horas; las excitaciones más vivas de la esperanza, de la ilusión, de la victoria, de las decepciones crueles de los desencantos más amargos (...).
Se hace la paz, la razón la aconseja, los hombres de sereno juicio no la discuten; pero ella significa nuestro vencimiento, la expulsión de nuestra bandera de las tierra que descubrimos y conquistamos (...). Todos esperaban o temían un estremecimiento de la conciencia popular; sólo se advierte una nube general de silenciosa tristeza que presta como un fondo gris al cuadro, pero sin alterar vidas pero, ni costumbres, ni diversiones, ni sumisión al que, sin saber por qué ni para qué, le toque ocupar el gobierno (...)

FRANCISCO SILVELA, España sin pulso, El tiempo, 16 de agosto de 1898 


La Institución no pretende limitarse a instruir, sino cooperar a que se formen hombres útiles al servicio de la humanidad y de la patria. Para esto no desdeña una sola ocasión de intimar con sus alumnos, cuya custodia jamás fía a manos mercenarias, aun para los más subalternos pormenores, con el uso reinante en toda Europa; novedad ésta cuya importancia comprendía el último Congreso de Bruselas, donde al ser expuesta por uno de nuestros compañeros obtuvo la adhesión más entusiasta. Sólo de esta suerte, dirigiendo el desenvolvimiento del alumno en todas relaciones, puede con sinceridad aspirarse a una acción verdaderamente educadora en aquellas esferas donde más apremia la necesidad de redimir nuestro espíritu: desde la génesis del carácter moral, tan flaco y enervado en una nación indiferente a su ruina, hasta el cuidado del cuerpo, comprometido como tal vez en ningún pueblo culto de Europa por una indiferencia nauseabunda; el desarrollo de la personalidad individual, nunca más necesario que cuando ha llegado a su apogeo la idolatría de la nivelación y de las grandes masas; la severa obediencia a la ley contra el imperio del arbitrio que tienta a cada hora entre nosotros la soberbia de gobernantes y de gobernados; el sacrificio ante la vocación sobre todo cálculo egoísta, único medio de robustecer en el porvenir nuestros enfermizos intereses sociales; el patriotismo sincero, leal, activo, que se avergüenza de perpetuar con sus imprudentes lisonjas males cuyo remedio parece inútil al servil egoísta; el amor al trabajo, cuya ausencia hace de todo español un mendigo del Estado o de la vía pública; el odio a la mentira, uno de nuestros cánceres sociales, cuidadosamente mantenido por una educación corruptora; en fin, el espíritu de equidad y tolerancia contra el frenesí de exterminio que ciega entre nosotros a todos los partidos, confesiones y escuelas.
Giner de los RÍOS, F., Ensayos, págs. 116 y 117.Reproducido en F. DÍAZ-PLAJA, Historia de España en sus documentos. Siglo XIX, Madrid, Cátedra, 1983, pp. 375-376.

TRANSFORMACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES EN EL SIGLO XIX (i)










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viernes, 24 de enero de 2014

LA RESTAURACIÓN I (1874-1902)

El manifiesto de Sandhurst  (analizar)
Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la Monarquía constitucional puede poner término a la opresión, a la incertidumbre y a las crueles perturbaciones que experimenta España.
...Afortunadamente, la Monarquía hereditaria y constitucional posee en sus principios la necesaria flexibilidad y cuantas condiciones de acierto hacen falta para que todos los problemas que traiga su restablecimiento consigo sean resueltos de conformidad con los votos y la conveniencia de la nación. No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente; sin Cortes no resolvieron negocios arduos los Príncipes españoles allá en los antiguos tiempos de la Monarquía, y esta justísima regla de conducta no he de olvidarla yo en mi condición presente, y cuando todos los españoles estén habituados a los procedimientos parlamentarios. Sea la que quiera mi propia suerte, ni dejaré de ser buen español, ni como todos mis antepasados buen católico, ni como hombre del siglo verdaderamente liberal.
Manifiesto de Alfonso XII en Sandhurst (1 de diciembre de 1874) 


La Constitución de 1876 (leer)

Don Alfonso XII, por la gracia de Dios, Rey constitucional de España; (...) sabed: Que en unión y de acuerdo con las Cortes del Reino actualmente reunidas, hemos venido en decretar y sancionar la siguiente Constitución (...)
Art. 4.- Ningún español ni extranjero podrá ser detenido sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Art. 5.- Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de juez competente. 
Art. 11.- La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en territorio español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral católica. No se permitirán, sin embargo, otras manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
Art. 13.- Todo español tiene derecho: 
De emitir libremente sus ideas y opiniones 
De reunirse pacíficamente 
De asociarse para los fines de la vida humana 
Art.18.- La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. 
Art.19.- Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades; el Senado y el Congreso de los Diputados.
Art. 20.- El Senado se compone: 1º. De senadores por derecho propio. 2º. De senadores vitalicios nombrados por la Corona. 3º. De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes en la forma que determine la ley.
Art. 27.- El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las juntas electorales, en la forma que determine la ley.
Art. 50. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey 
Art. 51.- El Rey sanciona y promulga las leyes 
Art. 52. - Tiene el mando supremo del Ejército y Armada (…) 
Art. 75. - Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía


Oligarquía y Caciquismon (leer)

OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO: “EL PUCHERAZO”. V. ALMIRALL:
ESPAÑA TAL COMO ES, 1889.

En España las elecciones no son más que una farsa. Lo mismo si el sufragio es universal que restringido, nunca hay más que un solo y único elector: el ministro de la Gobernación. Éste con sus gobernadores de provincia y el innumerable ejército de empleados de todas clases […] prepara, ejecuta y consuma las elecciones, de cualquier
especie que sean, desde el fondo de su despacho, situado en el centro de Madrid.
Para hacer las listas de electores se ponen en ellas algunos nombres verdaderos perdidos entre una multitud de imaginarios, y sobre todo de difuntos. La representación de estos últimos se da siempre a agentes disfrazados de paisano para ir
a votar. El autor de estas líneas ha visto repetidas veces que su padre, fallecido ya algunos años, iba a depositar su voto en la urna bajo la figura de un barrendero, o de un policía.
Los individuos que componen las mesas de los colegios electorales presencian
muy a menudo semejantes transmigraciones de las almas de sus propios padres.
Este sistema de elecciones por medio de la resurrección de los muertos y los
agentes de policía vestidos de paisano no es, sin embargo, lo peor de los medios empleados para falsear el sufragio por nuestros pretendidos defensores del parlamentarismo y del sistema representativo. Apresurémonos a decir que ordinariamente no se detienen en esas apariencias de humano respeto, y que lo que hacen es pura y sencillamente aumentar el número de votos hasta tener asegurada la elección del candidato adicto



Los elementos componentes de nuestro régimen oligárquico son tres: 1º Los oligarcas (los llamados primates) prohombres o notables de cada bando, que forman su “plana mayor” residentes ordinariamente en el centro. 2º Los caciques, de primero, segundo o ulterior grado, diseminados por el territorio. 3º El goberna­dor civil, que les sirve de órgano de comunicación y de instrumento. A esto se reduce fundamentalmente todo el artificio bajo cuya pesadumbre gime rendida y postrada la nación.

Oligarcas y caciques constituyen lo que solemos denominar clase directora o gobernante, distribuida o encasillada en «partidos».

En las elecciones, dice, no es el pueblo, sino las clases conservadoras y go­bernantes, quienes falsifican el sufragio y corrompen el sistema, abusando de su posición, de su riqueza, de los resortes de la autoridad y del poder que, para dirigir desde él a las masas, les había sido entregado.


COSTA, Joaquín (1901): Oligarquía y caciquismo, edición de Alfonso Ortí, Madrid, Ediciones de la Revista de Trabajo, p. 19‑20.


Catalanismo y españolismo en el pensamiento de Prat de la Riba (1899). (leer)

Enclavada Cataluña en el área geográfica conocida con el nombre de España, somos españoles, del mismo modo que somos europeos por estar comprendida España dentro del continente Europa. Gobernada España por el Estado español, los catalanes somos españoles como miembros de este Estado, como ciudadanos de esta sociedad política.

No somos, pues, enemigos de España, tomada en este sentido (el único real), ni al combatir el Estado español queremos otra cosa que rehacerlo pon equidad y justicia y con una organización más adecuada y perfecta, dentro de la cual Cata­luña puede encontrar una vida de libertad y de progreso.

La Veu de Catalunya no es ni ha sido nunca separatista, como no lo son ni lo han sido nunca las Asambleas catalanistas: las Bases de Manresa, programa de la gran mayoría de los autonomistas catalanes, son incompatibles con una aspi­ración separatista. Y esto que decimos ahora lo hemos dicho siempre (…) quere­mos ver la patria catalana unida con vínculos de hermandad con los demás pue­blos de España, formando una familia fuerte y bien avenida, sin Cenicientas explotadas, sin herederas altivas.


                                   Riquer, Borja (1977): Liga Regionalista. La burguesía catalana; el nacionalismo (1878‑1904), Barcelona, p. 38.

Sabino Arana: el discurso de Larrazabal (1892) (comentar)

            Fui yo carlista hasta los 17 años, porque carlista había sido mi padre, aunque un carlista que sólo trabajó por el lema Religión y Fuerosy a quien el dolor de la ruina de nuestras libertades lo llevó al sepulcro…
            Pero el año ochenta y dos mi hermano ya era bizcaíno nacionalista; yo defendía mi carlismo per accidens… tantas pruebas históricas y políticas me presentó él para convencerme de que Bizcaya no era España…que mi mente entró en la fase de la duda y concluí prometiéndole estudiar con ánimo sereno la historia de Vizcaya y adherirme firmemente a la verdad…
            Tres trabajos se presentaron desde le primer día ante mis ojos: estudiar la lengua de mi patria, que desgraciadamente me era en absoluto desconocida, su historia y sus leyes; y en segundo lugar, proporcionar a los compatriotas que no poseyeran el euskera, por medio de la publicación de una Gramática, el medio de aprenderlo, e instruirlos, mediante algunos libros, y un periódico, en la historia y la política patrias; y como síntesis de todos estos trabajos, la extirpación del extranjerismo e implantación del patriotismo…
            Unos cuantos folletos y el opúsculo Bizcaya por su Independencia es cuanto mi pluma hasta el presente ha dado a la publicidad… La sociedad nacionalista no está aún constituida… Habéis de perdonarme que os haya dirigido la palabra en idioma extranjero.
            Y ahora, gritad conmigo: ¡Viva la independencia de Vizcaya!.

 Resolución conjunta del Senado y la Cámara de Representantes de Estados Unidos
(18-4-1898) (leer)

            Considerando que el aborrecible estado de cosas que ha existido en Cuba durante los últimos tres años, en isla tan próxima a nuestro territorio, ha herido el sentimiento moral del pueblo de los Estados Unidos; ha sido un desdoro para la civilización cristiana y ha llegado a un período crítico con la destrucción de un barco de guerra norteamericano y con la muerte de 266 de entre sus oficiales y tripulantes, cuando el buque visitaba amistosamente el puerto de La Habana (…).
           
El Senado y la Cámara de Representantes, reunidas en Congreso, acuerdan:

 
Primero: Que el pueblo de Cuba es y debe ser libre e independiente.

Segundo: Que es deber de los Estados Unidos exigir, y por la presente su gobierno exige, que el gobierno español renuncie inmediatamente a su autoridad y gobierno en Cuba y retire sus fuerzas terrestres y navales de las tierras y los mares de la isla.
Tercero: Que se autoriza al presidente de los Estados Unidos y se le encarga y ordena que utilice todas las fuerzas militares y navales de los Estados Unidos (…) en el número que sea necesario para llevar a cabo estos acuerdos.

Cuarto: Que los Estados Unidos, por la presente, niegan que tengan ningún deseo ni intención de ejercer jurisdicción ni soberanía, ni intervenir en el gobierno de Cuba, si no es para su pacificación, y afirman su propósito de dejar el dominio y gobierno de la isla al pueblo de esta, una vez realizada dicha pacificación”.








El Tratado de Paz de París (10-12-1898) (leer)

            Art. 1. España renuncia a todo derecho de soberanía y propiedad sobre Cuba. En atención a que dicha isla, cuando sea evacuada por España, va a ser ocupada por los Estados Unidos, los Estados Unidos mientras dure su ocupación, tomarán sobre sí y cumplirán las obligaciones que por el hecho de ocuparla les impone el derecho internacional, para la protección de vidas y haciendas.

            Art. 2. España cede a los Estados Unidos la isla de Puerto Rico y las demás que están ahora bajo la soberanía en las Indias Occidentales, y la isla de Guam en el archipiélago de Las Marianas.

            Art. 3. España cede a los Estados Unidos el archipiélago conocido por las islas Filipinas. Los Estados Unidos pagarán a España la suma de veinte millones de dólares dentro de los tres meses después del canje de ratificaciones del presente tratado.

            Aprobado por el Senado Estadounidense el 6 de febrero de 1899.